viernes, 27 de febrero de 2015

¡OJO CON LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA!

Desde que a mediados de 2013, se instaurara la nueva normativa que obliga a los propietarios a disponer del Certificado Energético de la vivienda en caso de que este ponga en venta o alquiler su inmueble han sido muchas las personas que han decidido no disponer de este informe hasta el momento de la firma del inmueble y más aun las que lo han hecho en caso de alquiler.  
Seguro que estás personas han pensado ¿ para qué?, ¡Seguro que no me "pillan", ¿Qué puede pasarme?
Bien, pues después de casi dos años, están llegando las primeras sanciones por la falta de Certificado Energético. ¿De cuánto estamos hablando? Las multas oscilan entre los 600 euros (en caso de alquiler) y los 6000 euros en caso de compra. 
Debido a estas sanciones vamos a recordar todo lo que debéis saber sobre la Certificación Energética


¿Qué es la calificación energética?
La calificación energética es un certificado que tienen que tener todas las viviendas que estén a la venta o en alquiler. Este certificado es parecido al que tienen los electrodomésticos cuando vamos a comprarlos. Este informe valorará nuestra vivienda en función de su eficiencia energética con letras de la A a la G (de mayor a menor eficiencia energética).

¿Qué diferencia hay entre los diferentes tipos de eficiencia?
Una vivienda que cuente con la máxima eficiencia energética consume un 86.9% menos energía que una que este en el nivel más bajo, es decir, que un inmueble que posea categoría A gastará unos 4.000 euros anuales, frente a los 20.000 que costará uno con categoría G.


¿Influye la calificación energética en el valor del inmueble?
Efectivamente, el precio de mercado de un inmueble de las mismas características puede variar de forma considerable en función de la calificación energética que tenga. 

¿Todos los inmuebles tienen que tener este certificado?
Todos aquellos inmuebles de la nueva construcción o de segunda mano que se quieran vender o alquilar tienen que tener a disposición del comprador o inquilino el certificado de eficiencia energética. Tan solo quedan excluidos de esta obligación aquellos edificios, monumentos y lugares de culto protegidos.


¿Ves útil este informe?¿Tendrías en cuenta la calificación energética de una vivienda a la hora de comprar un inmueble? 


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