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viernes, 30 de octubre de 2015

¡QUE NO HACER CUANDO VISITAN TU CASA!


Después de 9 años de experiencia en el sector inmobiliario , hoy vamos a enumerar las diez cosas que menos les gustan a los posibles compradores cuando van a visitar un inmueble, que puede encajar con  lo que están buscando.
Si estas pensando en vender tu casa, toma nota y apunta el decálogo de cosas que NO HACER cuando van a visitar tu inmueble.
       1.       Las camas sin hacer

       2.       La casa sucia y desordenada

       3.       Olores a comida

       4.       Los platos sin fregar

       5.       Opiniones de los propietarios sobre que podría hacer con la vivienda.

       6.       En caso de que sea un inmueble antiguo perteneciente a ancianos, fotos de ellos

       7.       Crucifijos en las paredes

       8.       Animales presentes mientras hacen la visita

       9.       Cosas rotas o estropeadas

      10.   Las personas que viven en la casa haciendo vida normal en esta mientras se hacen la visita.


    Si fueras a visitar una vivienda, ¿con qué cosas no te gustaría encontrarte?

www.redpiso.es

viernes, 16 de octubre de 2015

Se estrenan hipotecas a tipo fijo

La página web de invertia, publicaba esta semana un articulo titulado "se estrenan una hipoteca a tipo fijo y dos nuevos depósitos y otros cinco plazos" 
En el habla de los cambios que se están produciendo en los depósitos, con nueva nuevas incorporaciones y nuevas bajadas en las rentabilidades. Así, por una parte, en la última semana, se han añadido al mercado del ahorro dos nuevas imposiciones, una a plazo fijo y otra referenciada.

También, y siguiendo la tendencia de los últimos meses, se han producido descensos en las TAE de varios depósitos. En la línea, al menos tres entidades han rebajado la que ofrecen en al menos cinco de sus imposiciones.

Por eso os vamos a recordar el acuerdo que ha firmado Redpiso con Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), para ofrecer a sus clientes a través de su departamento financiero DCredit, hipotecas con un interés a plazo fijo.
Manuel Fernández, Director Financiero del Grupo, valora este acuerdo como “una gran oportunidad” para aquellas personas que estén pensando en disponer de un crédito hipotecario para comprar una vivienda.
Con este nuevo convenio, Dcredit ofrece a sus clientes una hipoteca con los plazos de interés fijos al 2,80% en un crédito a 20 años y un 2,95% a 30 años.  De este modo, el beneficiario del crédito podrá saber con total seguridad  cual será la cuota a pagar mensualmente, puesto que estas cuotas no se verán afectadas por las subidas de los tipos de interés del mercado.

INTERÉS A TIPO FIJO CON HIPOTECA A 20 AÑOS
Observando el gráfico indicado, a lo largo de la evolución de los tipos de interés en los últimos 24 años (Mibor y Euribor) , un interés fijo del 2,8%  supondrá que durante el 88% del tiempo que esté pagando hipoteca (teniendo en cuenta el diferencial medio del Euribor  actual en 1,49%), el tipo fijo estará por debajo del tipo variable




INTERÉS FIJO A 25 AÑOS
En el caso de una hipoteca a 25 años,  aplicando el diferencial medio del Euribor actual en 1,49%. Con este crédito estará un 84% del tiempo que dure su hipoteca  por debajo del tipo variable


INTERÉS FIJO A 30 AÑOS

Si comparamos el interés fijo a 30 años con un Euribor + 1,49%, en  este caso un 84% del tiempo habríamos estado por debajo del tipo variable.


Grupo Inmobiliario Financiero Redpiso ha conseguido con este acuerdo ofrecer unas condiciones inmejorables para aquellas personas que estén buscando financiación para su vivienda.

Si quieres saber más sobre créditos visita www.dcredit.es
En caso de buscar un inmueble visita www.redpiso.es


viernes, 9 de octubre de 2015

La compraventa de viviendas acelera su ritmo y se dispara otro 24,2%



Esta semana “El Mundo” publicaba un artículo en su edición online en el que  informaba del aumento que se está produciendo en la compraventa de viviendas. Y es que, con respecto al pasado  mes de agosto de 2014 las transacciones han aumentado  un 24,2% con respecto a Agosto de 2015. Según  ha informado el INE (Instituto Nacional de Estadística) se han llevado a cabo 29.369 operaciones, lo que supone un avance interanual de 10.3 puntos superior al experimentado en julio, cuando la compraventa de viviendas creció un 13.9%.

Con este aumento en la compraventa de viviendas,  se cumplen 12 meses consecutivos de alzas interanuales. Este repunte se debe al aumento en un 50.5%  a las operaciones sobre viviendas de segunda mano.
En los ocho primeros meses del ejercicio 2015, la compraventa de viviendas acumula un repunte del 12%, con un descenso del 35,7% en las operaciones sobre obra nueva y un aumento del 43,9% en las realizadas con segunda mano.
La mayor parte de las viviendas transmitidas por compraventa durante el octavo mes de 2015, en concreto el 90,5%, fue viviendas libres. La compraventa de este tipo de viviendas aumentó un 24,5% en tasa interanual, hasta 26.570 operaciones, en tanto que las operaciones sobre viviendas protegidas sumaron 2.799, con un repunte del 21,2% respecto a agosto de 2014.
Después de leer este artículo, ¿estás pensando en comprar una casa?


(http://ow.ly/TcWB9 ) 

viernes, 2 de octubre de 2015

LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA BONIFICARÁ EL IBI ENTRE EL 4 Y EL 20%



Hacienda permitirá a los ayuntamientos reducir el IBI hasta un 20% de los inmuebles con mejor clasificación energética.

El Ministerio de Hacienda permitirá a los ayuntamientos rebajar hasta un 20% el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para los edificios que sean más eficientes en términos energéticos, según una enmienda que presentará el PP a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2016 en el Senado y que entrará en vigor el 1 de enero de 2016 con vigencia indefinida. Para beneficiarse de dicha bonificación, los propietarios del inmueble deberán acreditar el certificado energético ante el ayuntamiento.


La enmienda, que modifica la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece que las ordenanzas fiscales de los ayuntamientos a partir del 1 de enero de 2016 podrán regular una bonificación sobre la cuota íntegra del IBI de naturaleza urbana. Los más eficientes tendrán una mayor rebaja y los menos eficientes o no calificados, una menor o nula bonificación.

Así, los que tengan la mayor calificación ('A') se podrán bonificar hasta el 20%. La escala introducida prevé también que para los edificios de calificación energética 'B' la bonificación será de hasta el 16%, y para los que tengan una calificación de 'C', alcanzará hasta el 12%. Los de calificación energética 'D' podrán disfrutar de una bonificación de hasta el 8% y los de 'E', de hasta el 4%.


Los inmuebles con una calificación energética de 'F' o 'G' o que no dispongan de certificado energético no podrán beneficiarse de ninguna bonificación.

De este modo, el Gobierno propone fomentar la construcción y adquisición de bienes inmuebles energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención de la referida certificación.

A continuación te resolveremos algunas preguntas que te puedan surgir:

¿Qué es la certificación energética?
Se trata de un certificado por el que se verifican las características energéticas de los inmuebles.

¿Es obligatoria certificación energética?
el RD 235/2013 de 5 de abril, exige dicho certificado al propietario de un edifio, vivienda o local que vaya a ser vendio o arrendado. Tambien es exigible a los edificios de nueva construcción. Además la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local. Las inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios. El incumplimiento de estos preceptos será considerado una infracción sancionable.



¿Qué aporta el certificado?
El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica los edificios desde la A a G.
Un buen certificado permitirá detectar donde se producen los gastos innecesarios en instalaciones debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alguilar. Los inquilinos o nuevos propietarios podrán beneficiarse de importantes ahorros en los suministros.

¿Pueden exigir los inquilinos el certificado energético?
Si la vivienda no está exenta de su cumplimiento, el propietario tiene la obligación de tener dicho certificado. Cualquier persona o asociación de consumidores le podría denunciar por incumplimiento.

¿Existirán sanciones si no se dispone del certificado?
No tener el certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuarios, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética. Las sanciones puede ser de hasta 600.000 euros, en función de su gravedad.

El contrato de compraventa o arrendamiento podrá ser declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o arrendatario. Además el vendedor/arrendador puede tener que indemnizar al comprador o inquilino por los perjuicios ocasionados por la falta de información facilitada.