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viernes, 14 de agosto de 2015

TIPOS DE SEGURO PARA EL HOGAR



¿Estás pensando en contratar algún seguro para tu casa? ¿No sabes que tipos de seguros existen y sus diferencias? ¡Pues atentos!
Una póliza de seguros para el hogar cubre los posibles daños que puedan producirse en una vivienda debido a diferentes causas : incendios, tormentas eléctricas, granizo, vientos fuertes y huracanados, explosiones, daños causados por vehículos particulares, robo, humo, actos vandálicos, roturas en las cañerías internas de la vivienda, inundaciones o desperfectos en el sistema de calefacción, en el aire acondicionado, en el riego automático o en alguno de los electrodomésticos y un largo etc.

La cobertura de la póliza suele variar dependiendo de diferentes factores como puede ser la cantidad asegurada y la prima (coste del seguro). Teniendo en cuenta estos aspectos, se pueden distinguir diferentes tipos de pólizas. Con mayores o menores modificaciones, la mayoría de las aseguradoras ofrecen los siguientes tipos de seguro de hogar:

Póliza Básica.
 La póliza básica tiene la cobertura básica para el hogar y para los bienes pero solo para algunos de los peligros mencionados. Es la más económica.
Póliza Ampliada. La póliza ampliada tiene cobertura para el hogar y para los bienes muebles para la mayoría de los peligros mencionados.
Póliza Especial.
 Cubre contra todos los peligros, salvo aquellos que NO están recogidos en la póliza. Es lo que se llama Seguro del Hogar contra Todo Riesgo

Póliza de Arrendador.
Este tipo de seguros es el recomendado para aquellos que tienen su vivienda alquilada. La póliza de arrendador suele tener una cobertura bastante amplia y cubrir todos los peligros, dando además una garantía de responsabilidad civil. Si tienes este tipo de seguro y tu vivienda, por algún motivo quedara en situaciones de inhabitabilidad, el seguro correría con los gastos mientras se repara el hogar.
Póliza para dueños de Condominios. 
Un condominio es un inmueble que por lo menos tiene dos propietarios. Mediante la contratación de esta póliza, cada uno de los propietarios puede cubrir su inversión en el inmueble y quedar asegurado en un siniestro aún cuando el otro propietario no tenga seguro. Esta póliza da cobertura a la propiedad personal, responsabilidad civil y cubre en el momento de realizar las necesarias mejoras en el inmueble.
Póliza para casas viejas. 
Tiene la misma cobertura que la póliza ampliada aunque en caso de un siniestro, la compañía solo pagaría los costes de la reparación ya que el coste de reposición podría hacer que la prima fuera muy elevada.
Es necesario advertir que existen otras cuestiones por las que se podría encarecer el costo de la prima como son el contenido y el continente del hogar. El continente se refiere a la estructura de la vivienda: puertas, paredes, instalaciones eléctricas, cañerías, techos, etc. El contenido se refiere a todos los bienes muebles que se encuentran en el interior del hogar. Este valor se estima según el coste de reposición de los bienes. Por eso, si el continente del hogar es muy caro (por ejemplo, la vivienda tiene revestimientos de mármol o tejas especiales) la prima será más cara ya que en caso de daño, será más caro para la compañía reparar la parte estropeada del hogar.
¿Qué seguro piensas contratar

El contrato de arras o señal


Vas a comprar una casa, después de una búsqueda incesable del piso de tus sueños has encontrado lo que buscabas y has decidido comprar esa vivienda.
Llegados a este punto, independientemente de que lo hagas con una agencia inmobiliaria o con un particular tendrás que formalizar la señal de la compra de la vivienda con un contrato llamado de arras o señal.

¿En qué consiste este contrato?
El contrato de arras, es un contrato privado, es decir, firmado por propietarios y compradores, sin la presencia de un notario, donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes, o inmuebles como una vivienda, entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro.
El Contrato de Arras es un contrato privado, donde se recogen el detalle del acuerdo alcanzado, importe acordado y su forma de pago, plazo máximo para formalizar la operación ante notario, como se repartirán los gastos de la venta, notaria, registro, etc.
Lo habitual es estipular un pago en metálico en dos pagos, uno en el instante de firmar el Contrato de Arras y el resto, mediante cheque conformado o cheque bancario, a la firma ante notario.
¿Qué datos básicos debe incluir ese primer documento?
Lo idóneo es que recoja todos los datos que aparecerán en el futuro contrato de compraventa, identificando perfectamente la vivienda y sus anexos, el precio y forma de pago, el plazo previsto para el otorgamiento de la escritura pública y los pactos sobre distribución de gastos en la compraventa, si existieran.
¿A qué me comprometo cuando firmo ese primer documento?

Suponiendo que nos encontremos ante un documento de arras penitenciales, el futuro comprador se compromete a adquirir la vivienda en el plazo y condiciones estipuladas en dicho contrato, si bien contemplando la posibilidad de desistir lícitamente de la compraventa perdiendo la cantidad entregada como arras o señal.
Esta misma facultad de desistir se le reconoce al vendedor quien, como penalización, deberá devolver por duplicado la cantidad percibida como arras o señal.
Para que el comprador tenga la posibilidad de desistir del compromiso de futura compra, es muy importante que las arras se configuren como penitenciales, y al efecto, deberá comprobar que:
el documento refleje que las cantidades que se entregan en concepto de arras se entenderán a cuenta del precio en caso de que se llegue a formalizar la compraventa.
el documento contemple la posibilidad de resolver el compromiso perdiendo el comprador la cantidad entregada o devolviéndole el vendedor la cantidad percibida, en función de a quién sea imputable el desistimiento.
¿Tienes alguna duda sobre este contrato?


jueves, 13 de agosto de 2015

3 CHALETS EN MADRID POR MENOS DE 200.000 EUROS


Hacía mucho tiempo que no escribíamos un post de este tipo. Hoy os vamos a enseñar una selección de chalets en Madrid por menos de 200.000 euros. ¿Listos?

CHALET REFORMADO EN CIEMPOZUELO POR 166.000€ .
Consta de 180 metros cuadrados repartidos en 4 dormitorios, salón- comedor, tres cuartos de baño y garaje.

Además de estar totalmente reformado cuenta con piscina privada y barbacoa.
En las zonas comunes también disponen de piscina, zona deportiva e infantil
Si quieres saber más sobre este chalet, haz click aquí

CHALET EN ARGANDA DEL REY 179.900€

Situado  en el Barrio La Poveda a escasos pasos del Metro Linea 9, buena comunicación vial con la carretera M-300, Autopista R-3, autovía A-3.
Cuenta con un centro médico a 300 m, instituto, colegios, guarderías , centros comerciales y zonas de restauración en la misma zona.
Situado en una de las Mejores Zonas del Barrio con distribución y reforma Totalmente ¡PERSONALIZABLE!

Chalet en 3 plantas y garaje: SUB-NIVEL: Garaje con puerta automática, trastero, acceso y salida a primer nivel. Apto para 2 vehículos 50 m útiles, puerta automática con mando, trastero y comunicación interna. PRIMER NIVEL: Hall de entrada con recibidor, aseo de cortesía, amplio salón comedor con chimenea, cocina- office independiente de 15 m² con acceso a jardí­n solado de 75 m. SEGUNDO-NIVEL: Recibidor/Distribuidor a los dormitorios, baño completo, calefacción G.N., armarios empotrados, tarima/gres y doble ventana. TERCER-NIVEL: Buhardilla abierta de 24 m², habilitada con velux y excelente luminosidad.


ADOSADO EN PARLA  197.000€


Bonito chalet en el leguario que consta de 2 plantas + sótano de 71 m2, con garaje para 2 vehículos y almacén. En la planta principal se encuentra;hall-recibidor, salón independiente con acceso a patio de 80 m2, cocina amueblada y aseo. En la 1ª planta; 3 dormitorios el principal en suite, todos con armarios empotrados, uno de ellos con acceso a terraza descubierta y baño completo. Posibilidad de habilitar buhardilla. Situado en excelente zona, junto a carretera A-42, supermercado, hospital, comercio variado.
¿Con cuál de estos tres chalets te quedarías?



viernes, 7 de agosto de 2015

¿Comprar o alquilar?


Hace unos días la edición online de “ El Mundo” publicaba una artículo titulado “el común error de comparar la compra con el alquiler”.

Este artículo habla sobre el error en el que mucha gente cae al comparar los gastos que conlleva un alquiler con los que conlleva una compra.  “El error de la comparación a la ligera de la cuota mensual hipotecaria con el coste de un arrendamiento (…) como advierten los entendidos, el manido dicho de que se paga igual o menos por una hipoteca que por un alquiler tiene bastantes lagunas”.
En el texto podemos ver distintos argumentos en los que se “desmitifica” esta afirmación. Afirman que tener una casa en propiedad supone asumir más gastos en mantenimiento e impuesto que tener vivir de alquiler.
Si queréis ver todo el articulo haced click aquí
Después de leer esto nos preguntamos: ¿Es un error comparar la compra con el alquiler?
Una historia siempre tiene varias versiones, y depende de quién y cómo te la cuenten podrá variar de forma considerable.  Ocurre con cualquier tema, siempre encontramos defensores y detractores que serán capaces de argumentar por qué su postura es la correcta.
El tema compra vs. alquiler es uno de los más comentados  en el mundo inmobiliario. ¿Es mejor comprar o alquilar?

Desde luego ambas opciones son válidas. Y como en algunos puntos del artículo del diario “El Mundo” comprar una vivienda a corto plazo resulta más caro que un alquiler.  Pero estos gastos se verán revalorizados al cabo del tiempo.
Dentro de los gastos que conlleva la compra de una vivienda tenemos que incluir los gastos de escrituración y los impuestos que tendremos que pagar. Aunque no consideramos  los gastos de mantenimiento como un gasto extra.
Excluimos los gastos de mantenimiento como gastos extra, puesto que si decides que vas a vivir siempre de alquiler, con el tiempo se producirán gastos de mantenimiento del hogar que asumirá el inquilino como puede ser pintar la casa, actualizar la cocina, los baños, cambiar algunos muebles…
Desde nuestro punto de vista, comprar una vivienda es una inversión que se rentabiliza con los años. Como anteriormente hemos comentado, si sumas los gastos de compra y alquiler a corto plazo probablemente te salga más rentable alquilar. Pero prueba a realizar el siguiente calculo:
Suma: el precio de la vivienda+ los intereses+ impuestos =????? Ese será el precio de tu vivienda en propiedad.
Ahora repetimos el cálculo:
Suma: precio mensual del alquiler x 12 meses= coste alquiler anual /
Por otro lado: tu edad- 80 (edad media de vida)=???
Para concluir multiplica: coste de alquiler anual x la media de años que estarás pagando=  precio de vivir  en alquiler.
¿Qué te ha salido más rentable?