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jueves, 30 de enero de 2014

A los 30: lo que sí y lo que no en una vivienda.

Hoy vamos a tratar con un poco de humor el post. Habitualmente hablamos sobre temas serios: dudas, cuestiones inmobiliarias, cuestiones financieras, temas de comunidad de propietarios…
Pero el último post del mes de enero tenía que ser diferente, tenía que tener un toque de humor y tenía que ser divertido. Por ese motivo hoy vamos a hablar de lo que sí y de lo que no tener en casa a los 30 años.  Os preguntaréis que por qué los 30 y no a los 20. Dicen que los 30 son los nuevos 20 y los 40 los nuevos 30 ¿En serio?
 Pero lo que está claro es que los 30 años son el punto de inflexión definitivo entre ser joven y ser adulto. Es el punto en el que mayoría se plantean su vida en un futuro; pero sobre es el punto en el que los que aún viven con sus padres se plantean independizarse.
Porque los treinta “molan”, pero con moderación. ¡Aquí tienes lo que sí y lo que no en tu casa a los 30!
Cuando ya por fin tienes casa (bien sea alquilada, comprada o compartida) empiezas a buscar ideas sobre cómo decorarla. Te adentras en el maravilloso mundo de internet y de los foros, en los que descubres que existen estilos decorativos que ni siquiera sabes pronunciar.
* No a los posters con chinchetas o celo (eso estaba bien cuando tu madre no te daba libertad para la buena expresión). Si quieres poner algo en la pared que sea con un marco.
*¡Crea un espacio para recibir a tus amigos!
*No a las exposiciones de colecciones de clípper, botellas de cerveza o cromos. ¡Tienes 30!
* ¡Usa tonos neutros en las paredes!
*Nunca cubras el sofá con una sábana o manta viejas!
*Si eres fan de algún famoso no hace falta que lo reflejes en tu vivienda. ¡A tus visitantes les da igual!
* No te independices y vayas todas las semanas a por los “tupers” a casa de tu madre. ¡Independiente en lo bueno y en lo malo!
* Compra lámparas, pantallas o algo que tape la bombilla colgando del techo.
* Si ves algo en la basura que te parece interesante déjalo ahí, por algo está. Por mucho que lo intentes nunca vas a lograr transformarlo en un objeto digno de admiración.
* Aunque no te lo creas poner una silla de cada tipo en la mesa de comedor solo funciona en Friends.
* Si eres de los que odian las aspiradoras: ¡no pongas alfombras!
* Evita usar como objetos decorativos merchandising conseguido gracias a las consumiciones en las discotecas.
* Ten un espacio dedicado a ti.
* Compra un sofá ante todo cómodo.
¿Cuántos de estos puntos sigues en tu casa?

jueves, 23 de enero de 2014

¿Qué trámites hay que seguir para llevar a cabo el cambio de uso de un local?

Hoy vamos a hablar sobre el cambio de uso original de un inmueble (local o vivienda) a otro uso compatible a los permitidos por las normas Urbanísticas y las Ordenanzas Municipales vigentes en el Municipio en cuestión.
¿Qué es lo primero que hay que hacer?
Solicitar un cambio de uso.
Este trámite lo puede solicitar tanto un particular (persona física), como una empresa (persona jurídica) o incluso hacerlo una comunidad de propietarios.
Tenemos que tener en cuenta que la licencia es previa y preceptiva, lo que significa que tenemos que solicitarla con anterioridad a la implantación del nuevo uso.
La documentación
Tendremos que presentar la instancia de solicitud general acompañada de:
  • Si el solicitante es una sociedad hay que aportar una fotocopia de la escritura de constitución y los poderes de representación de quien firme la instancia
  • Una copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de una persona jurídica.
  • En caso de que el solicitante sea una comunidad de propietarios, tenemos que aportar una copia del contrato constitutivo de la comunidad, suscribiendo en la instancia la totalidad los propietarios (o su representación), acreditando dicha representación.
  • La carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística (o en su caso una fotocopia)
  • Un proyecto técnico de Cambio de Uso por duplicado, suscrito por el facultativo competente y visado por el correspondiente  Colegio Profesional, reflejando la  edificación existente y el cambio de uso. Si va a ser necesario realizar obras para implantar el nuevo uso, también será necesario presentar un proyecto técnico de Habilitación y Cambio de Uso por duplicado, suscrito por el facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional, que refleje la edificación existente, el cambio de uso y las modificaciones que se van a llevar a cabo.
Las tasas.
Solicitar el cambio de uso conlleva el pago de dos tasas.
  • Tas de actuaciones urbanísticas
  • Impuesto sobre construcciones e instalaciones.

¿Tienes dudas? ¡Pregúntanos!

jueves, 16 de enero de 2014

DUDAS EN LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Después de las interminables fiestas, por fin volvemos a la tan ansiada rutina. Por ese motivo hemos decidido escribir sobre uno de los temas que más os gustan. DUDAS RESUELTAS.
¿Puede un vecino por su cuenta cambiar el color de su puerta sin contar con la opinión de los demás vecinos? ¿Pertenece la parte exterior de la puerta a la comunidad?
Para saber si es posible o no que el vecino pueda cambiar la puerta, necesitamos analizar la escritura de obra nueva y división horizontal por si hubiera algún tipo de norma en ese sentido
El Art. 396 del Código Civil que tiene por objeto la determinación ejemplificativa de los elementos comunes del Edificio señala dichos elementos ( comunes): " … las fachadas con los revestimientos exteriores de terrazas balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores".
Por tanto en el supuesto de la vivienda, su propietario no podría cambiar el color de una puerta de conformidad a lo dispuesto en el Art. 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, puesto que ello podría conllevar un menoscabo de la configuración o estado exterior del Edificio, dependiendo del alcance de dicha modificación.
¿Qué proceso se  lleva para instalar un ascensor en una comunidad de propietarios?
La instalación del ascensor, atendiendo a la nueva normativa de la LPH., art. 17.1, requiere la aprobación por las 3/5 partes del total de los propietarios que representen a su vez las 3/5 partes de las cuotas de participación, por lo que en ningún caso se excluyen de este computo a las lonjas y los bajos.
¿Qué procedimiento hay que seguir contra un arrendatario por molestar a la comunidad?
Ante los ruidos que proceden de una vivienda arrendada, primero tendremos que comprobar si estos ruidos contravienen en las disposiciones generales sobre las actividades molestas. En este caso a través de una medición de decibelios; si realmente se producen, el Presidente de la Comunidad debe requerir directamente para la cesación de los mismos a los ocupantes del piso, bajo el apercibimiento de iniciar acciones judiciales, contando aquellos con plena legitimación pasiva en el proceso, y sin que en ningún caso sea necesario la previa denuncia a la Policía, sino que como señalábamos con anterioridad lo importante es que los ruidos vayan en contra de las Disposiciones generales sobre actividades molestas.
¿Tienes alguna duda?

jueves, 9 de enero de 2014

COMO AHORRAR EN LA SUBIDA DE LA FACTURA DE LA LUZ

Ya han pasado las fiestas navideñas y después de tanta reunión, comilona y despreocupación llega el momento de afrontar la cuesta de enero, que este 2014 llega con una nueva subida de la factura de la luz.
Ya hemos escrito varios post dándoos consejos para ahorrar en las facturas. Hoy nos centraremos en ahorrar en luz.
Revisa la potencia contratada.
 La OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) comentó en anteriores ocasiones que gran parte del dinero que pagamos en la factura se debe a la potencia contratada. Para hacernos una idea por cada 1,5 kw de potencia contratada de más nos supondrá unos 50 euros al año.
Por ese motivo tenemos que plantearnos cuál es la potencia adecuada ( la media está entre los 4kw y los 10 kw). Para comprobar si en tu caso tienes más potencia de la que necesitas prueba a poner varios electrodomésticos a la vez, si no saltan los plomos seguro que puedes reducir la potencia contratada.
¿Has oído hablar del “consumo silencioso”?
Este es el tipo de consumo que producen los electrodomésticos que siguen enchufados pero que no están apagados (stand by). Apagar correctamente estos electrodomésticos puede suponer un ahorro de más de 52 euros anuales según ha comunicado la ocu.
Si vas a comprar electrodomésticos: mira la calificación energética
Si tienes que comprar algún electrodoméstico para tu casa asegúrate de mirar la eficiencia energética de este.
Los que seguís el blog seguro que habéis leído sobre la certificación energética de las viviendas, pues bien, en los electrodomésticos es casi igual.
Comprar un electrodoméstico eficiente te puede llegar a ahorras hasta un 70% con respecto a uno no eficiente.
Ciclos cortos y lavados en frío
Este tiene que ser el nuevo modelo a seguir. Cuando pongas una lavadora hazlo en ciclo de lavado corto (si la ropa no está muy sucia) además si pones el lavado a 40 grados lograrás disminuir el gasto en un 40%
Lo mismo ocurre con el lavavajillas. Hazlo en un ciclo intermedio a 50 grados y ahorra en las facturas.
¿Sigues algún de estos consejos para ahorrar?

jueves, 2 de enero de 2014

Comienza el año ahorrando en tu vivienda

¿La mejor forma de comenzar el año 2014? ¡Con  una vivienda de segunda mano más barata en Madrid!
A falta de unos días para que lleguen los reyes y con la resaca de año nuevo pasada, comenzamos  año y nuevos propósitos.
¿Uno de los tuyos es invertir en el cielo inmobiliario? ¡Pues estás de suerte!, puesto que a partir del pasado día uno de Enero de 2014, comprar una casa de segunda mano en Madrid es más barato.

¿A qué se debe este ahorro? Pues nada más y nada menos que a la bajada de varios impuestos: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales  (ha bajado un 1%) y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (ha disminuido un 0.25%).


Aunque pueda parecer que apenas han bajado nada los impuestos, este pequeño porcentaje puede hacer que en una vivienda de 100.000 euros consigamos un ahorro de 1.250 euros. La bajada de estos impuestos ha hecho que la Comunidad de Madrid se convierta en la región con los gravámenes más bajos por la compra de una vivienda de segunda mano.


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