jueves, 28 de febrero de 2013

Nuevos cambios en la ley de alquiler


Últimamente  estamos dedicando muchos post a hablar sobre los derechos tanto del arrendador como del arrendatario. Y hoy vamos a hablar sobre los cambios que se van a producir en la antigua ley del alquiler.
Antes de comenzar, tenemos que comentar que las modificaciones que se van a llevar a cabo no van a ser muy reseñables, pero que sí que otorgarán más competencias a las Comunidades Autónomas en las atribuciones del uso de la vivienda en caso de separación o divorcio.
Otra de las alteraciones que se van a hacer en la Ley de Alquiler tiene que ver con las modificaciones de la estructura llevadas a cabo por los inquilinos. Se reconoce el derecho de los inquilinos con discapacidad o que sean mayores de 60 años (o a aquellos que vivan con personas en este estado) a realizar obras para acondicionar el inmueble, siempre y cuando estas no afecten a la seguridad de la vivienda. Los inquilinos deberán notificarle las obras que se llevarán a cabo al propietario de forma escrita y se verán obligados a dejar la vivienda en su estado anterior si así lo exige el arrendador.
Por otro lado, se creará un registro de morosos de alquiler, así como se impondrá la obligación  del casero de avisar al inquilino si  intenta vender el piso o la posibilidad de disponer de la vivienda si se necesita para un uso propio o de un familiar con 2 meses de preaviso.
Estas son las modificaciones más significativas que se han llevado a cabo. Aunque también se han hecho otras modificaciones que afectan a aspectos técnicos relativos a las notificaciones edictales, las competencias para dictar resoluciones de desahucio  si no hay oposición del afectado o la transmisión de información a la administración entre otros asuntos.
Si aún tienes dudas, siempre puedes visitar una de nuestras oficinas para que ellos te cuenten más.
www.redpiso.com

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