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viernes, 10 de mayo de 2013

Alquiler con derecho a compra


Hoy en el post de Redpiso vamos a resolveros algunas de las dudas que os puedan surgir sobre el alquiler con derecho a compra.
 
¿Qué significa alquilar un piso con  derecho a compra?
Lo que significa es que si tú alquilas una vivienda por un tiempo determinado (generalmente los contratos son de 5 años) con este tipo de contrato. Una vez pasado este periodo de tiempo tienes prioridad para poder comprar este inmueble.
¿Qué parte se beneficia de este tipo de contrato?
Con este tipo de contrato salen beneficiadas ambas partes. El arrendatario porque mientras alquila la vivienda en realidad está invirtiendo en una posible compra; y el arrendador porque tiene en alquiler el inmueble, gana dinero y no debe preocuparse de buscar comprador.
¿Implica este contrato que nos saldrá más barato el inmueble?
En este caso si el arrendatario finalmente opta por adquirir el inmueble lo que ha estado pagando por el alquiler mensualmente se deduce en el precio de la compra.
¿Cómo tiene que ser el tipo de contrato?
En este tipo  de contrato se pueden estipular las condiciones de compraventa pero también se tiene que especificar:
-          Cuantos años tiene que estar el inquilino alquilando la vivienda antes de poder comprarla.
-          Quién va a correr con los gastos de comunidad. ¿Va a ser el arrendador o el propietario?
-          En caso de que se vaya a hacer una reforma de la vivienda hay que especificar quién
 pagará esta.
 
Pero al final lo más importante que tienes que hacer cuando vas a realizar algún contrato de este  tipo es acudir a un profesional que te informe y te asesore. Puesto que no hay ninguna ley que regule este tipo de contratos, los alquileres con derecho a compra se rigen por el Código Civil y por la Ley de Arrendamientos.
¿Tienes alguna duda?
www.redpiso.es

viernes, 3 de mayo de 2013

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA GRATUITA


Ya hablamos de la Ley de Ceriticación Energética, por eso una vez aprobada esta normativa se nos exige este certificado si vamos a vender o alquilar un inmueble. En Redpiso hemos decidido que hasta Junio todas aquellas personas que trabajen con nosotros tendrán totalmente GRATIS ESTE CERTIFICADO, siempre y cuando la venta se realice a través de una de nuestras agencias.
 El pasado 16 de abril entró en vigor el RD 235/2013, de 5 de abril, por el cual todos los edificios, viviendas y locales que vayan a ser arrendados o vendidos, han de tener un certificiado energético.
La Certificación Energética de los Edificios es una exigencia derivada de la trasposición de las directivas 2002/91/CE y parcialmente la Directiva 2010/31/UE, las cuales obligan a poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificiado de Eficiencia Energética. De este modo, el técnico en certificación energética asignará a cada edificio una Clase energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes.
La certificación energética es obligatoria, el RD 235/2013 de 5 de abril, exige dicho certificado al propietario de un edifio, vivienda o local que vaya a ser vendio o arrendado.  Tambien es exigible a los edificios de nueva construcción. Además la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local. 
En caso de que el inmueble esté alquilado los inquilinos pueden exigir el certificado a los propietarios por lo que este deberá tener este certificado.
Si no tiene el certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuario, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética. Las sanciones pueden ser de hasta 600.000 € dependiendo de la gravedad.
Un contrato de arrendamiento o compraventa o arrendamiento podrá ser declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o arrendatario. Además el vendedor/arrendador puede tener que indemnizar al comprador por los perjuicios cocasionados por la falta de información facilitada.
Si necesitas más información llamanos gratis al 900 110 106
www.redpiso.com

jueves, 25 de abril de 2013

¿En qué influye la orientación de las habitaciones?


Hoy el post de Redpiso vamos a dedicarlo a la orientación de las habitaciones. Parece una tontería, pero depende de en qué orientación estén dispuestas las diferentes estancias de la casa estas  tendrán unas características u otras.
Habitaciones orientadas al Norte.
 Estas estancias están a la sombra permanentemente. Como España está situada en el hemisferio boreal (norte) el viento que sopla en estas estancias es más frio.  Lo que significa que estas habitaciones son ideales para soportar el calor del verano.
Habitaciones orientadas al este.
Estas estancias son las primeras en iluminarse por las mañanas. Resultan idóneas para los dormitorios. Pero para concretar más, lo idóneo para una habitación sería que estuviera situada en el este- sudeste puesto que el sol daría menos tiempo en verano y más en invierno.
Habitaciones al sur.
Estas estancias tienen fama de ser muy calurosas. Puesto que da el sol en las horas centrales del día, pero tenemos que tener en cuenta la altura del sol en las diferentes estaciones del año. Por ejemplo,  si estamos en una habitación que tiene la ventana a dos metros del suelo, esta permitirá el paso de la luz solar hasta 4 metros dentro de la estancia en invierno y un poco más de medio metro en verano. Lo que supondrá que la habitación será relativamente más calurosa en invierno que en verano.
Habitaciones orientadas al oeste.
En estas estancias el sol da a lo largo de la tarde en el verano. Tenemos que tener en cuenta que dependiendo de la estación en la que estemos habrá alguna diferencia. Si la orientación es hacia el oeste-sureste disminuiremos el tiempo de exposición solar durante el verano y lo aumentaremos durante el invierno. En todo caso, las habitaciones orientadas hacia el oeste no son recomendables como salas de estar en verano.
¿Cómo tienes dispuestas las habitaciones de tu casa?
www.redpiso.com

jueves, 18 de abril de 2013

Prepara tu casa para el VERANO


Sin lugar a dudas la primavera y el verano son las estaciones más esperadas del año. Ya tenemos ganas de calor y sol…
Parece que cuando llega esta época, nos apetece cambiar la decoración de nuestra casa, pero nunca hacemos nada puesto que tendríamos que gastar mucho dinero. Por eso, hoy en el post de Redpiso vamos a daros algunos trucos para que podáis redecorar vuestra casa para el verano con muy poco presupuesto.
El primer paso en esta “redecoración” es guardar en una caja todas aquellas cosas que nos parezca que tienen unos colores demasiado tristes y apagados para el verano.  Guarda todas las velas con colores cálidos, los adornos  y las flores que te recuerden al invierno.
                                          

Una vez tengamos la casa despejada, ¡ya podemos empezar!
Aunque los muebles son un punto importante en el estilo de tu casa, son los pequeños detalles los que forman un hogar. Por ese motivo y aunque parezca una tontería con un poco de gusto y muy poco presupuesto podemos hacer una decoración veraniega, solo atendiendo a los detalles.
Punto 1. Cambia las pantallas de algunas lámparas. Seguro que en tu casa tienes lámparas que tienen las pantallas en tonos oscuros y apagados, ¡pues dales color! Estamos en primavera puedes utilizar colores vivos: verde limón, azul turquesa, rojo frambuesa, mostaza….
Punto 2. ¿Flores en primavera? ¡Por supuesto! Somos muchos los que utilizamos flores artificiales, y al final siempre vemos igual nuestra casa. Aprovecha el cambio de estación y pon flores divertidas y coloridas.
                         

Punto 3. ¡Renueva las habitaciones! Con solo cambiar la funda de las camas…. Existen cientos de colores y texturas para tu cama. Seguro que un cambio de edredón hace que veas el mundo de otro color.



Punto 4. ¡Las conchas son fundamentales! Si de verdad quieres decorar tu casa con estilo veraniego es importantísimo que te compres algún popurrí de conchas, puedes incluso hacer manualidades para darle más personalidad.
Punto 5. ¿Sabías que… Lo mejor para cambiar el ambiente de tu casa es darle un nuevo olor? Sí, sí. Aunque penséis que es una tontería, una gran decoración con un olor que no corresponda con está puede arruinarlo todo. Así que con una decoración veraniega, solo tenemos que ponerle olores florales, frutales o marinos.

¿Tú tienes alguna idea para acomodar tu casa al calor?

jueves, 11 de abril de 2013

¿Y si alquilo una habitación?


Si estás pensando en alquilar una habitación para sacarte un “dinerillo extra” tienes que conocer bien la legislación vigente en cuanto al arrendamiento de una parte de tu vivienda.
En primer lugar comentaros que la legislación sobre el alquiler de una habitación de la vivienda no se pronuncia de una manera uniforme y que puede ser interpretado dependiendo de la persona.
El régimen aplicable es el establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y en algunos casos el Código Civil. Podemos aplicar ambas normativas, por tanto deberemos elegir la que más satisfaga a ambas partes atendiendo a la duración de contrato que desee.
En cuanto a la fiscalidad, el ingreso derivado del alquiler de una habitación es igual que el derivado de una vivienda entera.
Por tanto, se podrán aplicar las mismas reducciones:
-          El 100% si los inquilinos tienen entre 18 y 30 años  (siempre y cuando tengan unos rendimientos netos mayores que el IPREM)
-          El 60% en el resto de los casos. Teniendo en cuenta que los gastos no serían deducibles en su totalidad, ya  que irán proporcionalmente dependiendo de la parte de la vivienda que esté alquilada.
¿Tienes alguna duda? ¡Pregúntanos!
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